Está claro que la iglesia de Santa María en Laciana es la de Caboalles de Abajo, ya que es la única que tiene dicha advocación en el concejo de Laciana.
Pero aún así pudieran existir dudas sobre esta afirmación, que hoy quiero dejar definitivamente aclarada en forma de silogismo:
En el Diccionario de Madoz, aparecen la iglesia de Caboalles de Abajo (año 912) y la de Robles (año 1052) como las únicas del valle con Patronazgo Real, las demás, salvo error de Pascual Madoz o sus colaboradores, son de patronato laical.
En la Carta Puebla de Laciana, del Rey Alfonso X el Sabio, del año 1270, este Rey se reserva para la Corona el patronazgo de las iglesias: “Saluo ende el patronadgo de las iglesias que retenemos para nos”. Precisamente las citadas iglesias de Caboalles de Abajo y Robles tienen datación anterior a la Carta Privilegio, como indicamos en la premisa anterior.
Luego:
La iglesia de Santa María "la Real" de Caboalles de Abajo, anterior al Privilegio del Rey Alfonso X el Sabio, es la que aparece en los documentos citados correspondientes al año 912 (Siglo X), cuyo patronazgo retiene la Corona en la Carta Puebla de Laciana. (El adjetivo de "la Real" lo reclamo para ella, ya que lo es y nadie lo indica).
La imagen siguiente corresponde a la Confirmación del Privilegio de fecha 12 de marzo de 1560 por Felipe II
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